Servicio Ejecutivo, Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
 

Legislación


Título:

Norma actualizada Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales

Año:

1995

Observaciones:

Modificado por:

Real Decreto 54/2005, de 21 de enero (art. 1.1., art 2, art. 3.4.5 y nuevos 6 y 7, art. 4, art 5.1 y 2, art 7.1.2.3 y 4, art. 11.1.6 y nuevos 7 y 8, art. 12.2, art 16, art 17.4, art. 18.3, art. 20.1, art 21, art 23, art 24.2 y 3, art. 25, art. 26.2, art. 27.1 y 3, art. 28)

Desarrolla:

La ley 19/93, de 28 de diciembre

Deroga:

El Real Decreto 2391/1980, de 10 de octubre

Claves:

Blanqueo de capitales- Sujetos obligados- Obligaciones - Régimen General- Régimen Especial -Órganos de control interno y de comunicación- Procedimiento de comunicación- Formación de sujetos obligados- Procedimiento sancionador - Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias-Comité permanente- Secretaría de la Comisión- Servicio Ejecutivo- Brigada de Investigación de Delitos Monetarios- Régimen de colaboración-Colaboración interna- Colaboración Internacional- Plazo para informar sobre los órganos de control y comunicación - Contenido y periodicidad de las comunicaciones sobre determinadas operaciones.

Resumen:

Conforma los aspectos organizativos y de funcionamiento de los órganos administrativos de apoyo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e infracciones Monetarias: la Secretaría de la Comisión y el Servicio Ejecutivo.


Determina la composición de la Comisión y de su Comité Permanente; concreta la unidad administrativa a la que corresponderá ejercer las funciones de Secretaría de la Comisión y establece sus competencias.


Determina la adscripción del Servicio Ejecutivo al Banco de España y su funcionamiento.


Determina las actividades consideradas particularmente susceptibles de ser utilizadas para el blanqueo de capitales y las obligaciones a que están sometidas las personas físicas y jurídicas que las ejerzan.


Pormenoriza las distintas actuaciones y procedimientos que deben llevar a cabo los distintos sujetos obligados.


Especifica las operaciones que deben ser comunicadas en todo caso al Servicio Ejecutivo.


Recoge la previsión legal de la exención de responsabilidad por el suministro de las informaciones requeridas.


Establece el procedimiento sancionador aplicable por el incumplimiento de las disposiciones legales en esta materia.

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