Regula determinados aspectos
del régimen jurídico de control de cambios de
moneda y sus agentes
Define el concepto de titular de establecimientos de cambio
Regula el Registro de titulares de establecimientos de cambio
Recoge el principio de libertad de apertura de locales por
los titulares autorizados, obligatoria la comunicación
al Banco de España
Establece las reglas de publicidad y transparencia de las
operaciones de compra y venta de billetes extranjeros y cheques
de viajeros
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